El Correo de Burgos

La falta de documentación impide la auditoría interna de los ayuntamientos investigados por corrupción

La auditora aconseja acudir al Consejo de Cuentas de Castilla y León o al Tribunal de Cuentas

La Cueva de Roa

La Cueva de RoaL.V.

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Aranda

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La auditoría que encargaron los pueblos de La Cueva de Roa, Fuentelisendo, Valdezate y Villaescusa de Roa, con el fin de dilucidar si ha habido o no irregularidades en la gestión del secretario ya jubilado, deja más dudas que certezas. 

Según afirma la empresa encargada, Servicios de Consultoría y Asesoramiento B&J Progreso Local, la auditoría no puede comprobar si la contabilidad es correcta porque no ha contado con la documentación necesaria, como facturas, justificantes, expedientes o contratos.

Como consecuencia, advierte, no se puede comprobar si los gastos tienen una factura válida y si cumplen la normativa contable y administrativa. Por ello, la auditoría renuncia expresamente a opinar sobre la corrección de la contabilidad.

Deficiencias concretas

En detalle, los auditores advierten de deficiencias concretas, como no usar el registro de facturas, lo que, según los expertos consultados, implica, además del incumplimiento de la normativa de control del gasto público, la falta de trazabilidad de las facturas y riesgos de pagos sin control previo.

Una de las conclusiones de la auditoría es la ausencia de control interno, que corresponde legalmente realizar al secretario-interventor. Ante la falta de esta trazabilidad, la vía para verificar la totalidad de los pagos realizados y los beneficiarios de estos quedaría limitada a los movimientos de las cuentas bancarias.

Tampoco existe integración en Gestiona, por lo que los documentos administrativos no están vinculados a los asientos contables y no hay rastro documental completo del gasto.

Ante la falta de la documentación de la actividad económica y contractual de estos cuatro ayuntamientos, la auditoría recomienda, como ya hizo la propia Diputación de Burgos, acudir al Consejo de Cuentas de Castilla y León o al Tribunal de Cuentas.

En su opinión, la contabilidad de 2024 no permite cumplir con ninguno de los objetivos de la Regla 14, ya que “no se suministran información económica y financiera que permita la toma de decisiones, tanto en el orden político como en el de gestión, y es imposible determinar el coste y rendimiento de los servicios públicos”.

¿Un salario excesivo?

La auditoría considera, además, que es igualmente necesario determinar la legalidad de las retribuciones y kilometraje cobrados por el secretario. Tras analizar los ejercicios 2021, 2022, 2023 y 2024, el documento recuerda que, al tratarse de una agrupación llevada en régimen de acumulación, las retribuciones de las mismas no deben superar el 30% de las retribuciones básicas de su plaza de origen, Pedrosa.

Aunque el auditor no dispone del salario que este secretario percibió de Pedrosa, advierte: partiendo de los 56.000 euros aportados por la agrupación en 2024, el secretario debía haber cobrado 186.000 euros, una cifra que, desde luego, supera con creces las cuantías establecidas en la tabla actualizada del Ministerio de Hacienda. Según ha podido confirmar este periódico, la retribución básica para el grupo A-1, nivel 26, es de 29.398 euros, con lo que la agrupación solo podía haber pagado, en total, 8.819 euros, 47.181 euros menos de los que abonó.

Dos vueltas al mundo en kilometraje

En relación al kilometraje, que se paga de forma adicional a la retribución, al tratarse de una plaza en acumulación, el funcionario tiene derecho a recibir una indemnización por kilometraje, que debe ser aprobada por la agrupación secretarial. Sin embargo, puntualiza, “no se conoce el acuerdo donde se estableció las condiciones de este kilometraje”. Según señala, sí se observa la norma general, que en 2024 (en el que percibió casi 24.000 euros) fue de 0,26 euros el kilómetro. Ajustándonos a este valor, el secretario habría hecho ese año 90.000 kilómetros, lo que equivaldría a dos vueltas al mundo.

Ante esta situación, y dado que no existe justificación sobre el establecimiento de estos importes, tanto de retribuciones como de kilometrajes, se recomienda solicitar al secretario cuestionado la justificación de los importes que percibía en concepto de gratificación y kilometraje y “trasladar al Tribunal de Cuentas esta situación por si estas retribuciones pudieran constituir algún tipo de responsabilidad por alcance”.

La pelota ahora está en el tejado de los cuatro ayuntamientos agrupados: La Cueva de Roa, Fuentelisendo, Valdezate y Villaescusa de Roa, y cada día cuenta, ya que, de confirmarse que las retribuciones y kilometraje percibidos por el secretario-interventor no tienen justificación legal, el Tribunal de Cuentas solo podrá reclamar la devolución de los últimos cinco años. Fuera de ese plazo, existiría prescripción de las cantidades cobradas de forma indebida, salvo si prosperase un proceso penal por malversación.

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