MIRANDA
La Junta paga 486.000 euros de una ayuda negada en 2011 al Consistorio
Una sentencia obliga al Gobierno regional a abonar la cantidad pedida, más intereses de demora
El Ayuntamiento de Miranda ha recibido a través de una transferencia bancaria, y como si de un aguinaldo navideño se tratara, la cantidad de 486.208 euros de la Junta, como fruto de la ejecución de una sentencia judicial que obliga al Gobierno regional a abonarle esa cantidad.Montante que corresponde a una subvención con cargo al Fondo de Cooperación Local-Pacto local, que la Junta denegó en 2011 al Consistorio, alegando que éste había incumplido el plazo de presentación de documentación de solicitud de la citada ayuda.De este modo, la Junta de Gobierno Local de esta semana ha dado cuenta del cobro del 90% de esa ayuda -en total 436.136 euros-, concedida por la Consejería de Presidencia de la Junta para sufragar gastos corrientes durante 2011, más los intereses legales producidos y que ascenderían a 50.072 euros.Asimismo, ha notificado a la Junta que «aún queda pendiente el recibo de la cantidad correspondiente a los intereses legales producidos desde la fecha de notificación de la sentencia», el pasado 22 de junio, hasta la fecha de pago, «y que por supuesto, también reclamamos», explicó en rueda de prensa la alcaldesa mirandesa, Aitana Hernando.El motivo de la denegación de la sentencia se justificó entonces por una cuestión de plazos. Y es que el documento de solicitud de subvención salía por registro municipal el 3 de noviembre de 2011, aunque había sido firmado el 28 de octubre por el entonces alcalde, Fernando Campo, último día de plazo para presentar los documentos para solicitar la ayuda.Sin embargo, con un fin de semana y la festividad del 1 de noviembre de por medio, el retraso en la llegada de la solicitud a Valladolid, hizo que la Junta denegara la ayuda.La sentencia, recibida en el Ayuntamiento mirandés en julio, estima parcialmente el recurso contra la orden de 29 de mayo del año 2012 de la Consejería de Presidencia de la Junta, por la que se declaraba la pérdida de derecho de cobro total de la ayuda concedida al Ayuntamiento por incumplir la fecha límite de envío de dos anexos a la documentación necesaria para optar a la ayuda.Una orden que desestimaba a su vez el recurso de reposición interpuesto frente a la resolución de 15 de febrero de 2012 por la que se declaraba la pérdida del derecho al cobro de esta ayuda con cargo al Fondo de Cooperación Local de 2011. El Ayuntamiento, entendiendo «injustificados y desproporcionados» los argumentos de la administración regional, argumentó entonces que por la demora sólo debería asumir una penalización, pero no la retirada completa de la partida.Era la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León quien, en junio de este año, estimó parcialmente la demanda presentada por el Ayuntamiento, planteando que la resolución «resulta contraria al espíritu y la naturaleza de la convocatoria de estas ayudas, al hacer una interpretación restrictiva y desproporcionada», explicó la edil. Señaló que, como se dijo en su momento, «no es normal que se aplique lo mismo por el retraso de unos días, que por no justificar la subvención», recordó Hernando.