El edificio de la Plaza del Trigo no está en ruina

El Ayuntamiento podría dejar de cobrar las obras que ejecutó

Burgos

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LORETO VELÁZQUEZ / ArandaSi el pasado mes de marzo una sentencia judicial daba razón a los inquilinos del local del edificio de la calle Santa Lucía, número 7 y se posicionaba en contra del acuerdo de la Junta de Gobierno Local en la que se aprobó la declaración de ruina y la demolición, ahora, otra resolución apoya el recurso presentado por la propiedad del edificio situado en la calle Boticas, esquina con la Plaza del Trigo y asegura que no hay ruina económica.Sorprendido con el dictamen, el concejal de Urbanismo, Eusebio Martín asegura que el Ayuntamiento no recurrirá ya que el propio letrado así se lo ha recomendado al entender que la decisión está lo suficientemente fundamentada. «Procederemos en consecuencia», sostiene.Pero el problema más allá de la propia declaración de ruina ya que, con la nueva sentencia en la mano, el Ayuntamiento podría no llegar a cobrar las obras de adecentamiento de la fachada que en su día emprendió a costa de la propiedad. «Tendremos que estudiar si procede reclamar o no pero entendemos que el hecho de la declaración o no de ruina no quita que el edificio siga en mal estado y que la fachada se tenía que arreglar. Queremos saber hasta que punto influye la sentencia», advierte Martín.En cuanto al edificio de la calle Santa Lucía, número 7, el Ayuntamiento ha presentado junto a la propiedad un recurso contra la sentencia judicial que apoya el argumento de los inquilinos al asegurar que el inmueble no está en ruina.Según declaraba el concejal, la sentencia les había descolocado ya que todos los informes abalaban la declaración. «Lo que más nos preocupa se sitúa en la parte de atrás del inmueble que da a un patio que colinda con un edificio en perfecto estado y cuyos vecinos al parecer han manifestado su temor», apuntaba.Hasta que el nuevo proceso concluya, los inquilinos continúan con sus puertas abiertas mientras que el Ayuntamiento espera el informe del Oficial para ver a quién debe requerir el mantenimiento del edificio hasta que salga la sentencia, si al inquilino, como dice la Letrada o a los propietarios.    

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