El Correo de Burgos

CENTRO HISTÓRICO

Licencias tiene potestad de imponer más multas a los dueños de Espolón 28

Sanciones hasta alcanzar los 600.000 euros que cuesta la obra para evitar el deterioro

Burgos

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R. TRAVESÍ / Burgos

El área municipal de Licencias se ha tomado muy en serio las órdenes de ejecución para que los propietarios de los edificios de la ciudad acometan las obras necesarias para mantener los inmuebles en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, tal y como marca la ley. Y si es necesario imponer sanciones económicas, se impondrán.El mejor ejemplo es la multa de 59.000 euros a los dueños del número 28 del Paseo del Espolón, que llega después de que hayan hecho oídos sordos a las órdenes de ejecución que impuso el Ayuntamiento de Burgos. Los técnicos municipales remitieron a principios de este año el último escrito en el que se obligaba a realizar obras en el edificio por valor de cerca de 600.000 euros.

Pero la cosa no queda ahí porque el Consistorio tiene la potestad de imponer hasta diez multas coercitivas del mismo valor con una periodicidad mensual, aunque la concejal de Licencias, Dolores Calleja, espera no llegar a esta situación porque los propietarios decidan realizar las obras necesarias en el edificio.

Incluso hay más, porque cabría la posibilidad de acudir a una ejecución subsidiaria por la desidia e inactividad de los dueños que desemboca en una desobediencia y que motivaría la intervención del Ayuntamiento, que realizaría esas actuaciones a costa del obligado.

Calleja quiere dejar claro que las órdenes de ejecución siguen su curso y que no pueden paralizarse con la presentación de otro expediente de ruina por parte de los propietarios del edificio. Un expediente que deberá pasar toda la tramitación administrativa, aunque, de momento, el informe técnico municipal es disconforme con la propuesta de los particulares. «El inmueble es de los dueños pero tienen una responsabilidad social y como propietarios», explica Calleja, sin olvidar que deben evitar riesgos a personas y cosas y tomar medidas para el sostenimiento de la llamada ‘imagen urbana’.

La situación del edificio del Espolón 28 se hace insostenible y no precisamente por su estado estructural. Sus propietarios están acorralados tanto desde el punto de vista administrativo, con la multa del Ayuntamiento por no cumplir las órdenes de ejecución, como por vía judicial. Una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo número 1 del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León deja bien claro que el inmueble, pese a sus deficiencias, no puede declararse en ruina inminente.

El juez lo justifica al apuntar que para que exista ruina inminente es preciso que «el inmueble se encuentre en tal situación de deterioro físico que suponga un riesgo actual y real para las personas y las cosas». De esta manera, tumbaba el recurso de apelación de uno de los propietarios del edificio contra la sentencia que declaraba la inexistencia de ruina inminente en ese céntrico edificio, a través de una resolución que dictó el gerente de Urbanismo en noviembre de 2006.

El estado del edificio del número 28 del Espolón acumula una larga historia y en él todavía reside una familia como una única inquilina, que en el año 2006 sufrió un desalojo después del derrumbe interno de parte de los forjados. Una situación que obligó al Ayuntamiento a recomendar a los propietarios del inmueble una serie de mejoras, tras las catas realizadas y los exámenes practicados en los diferentes elementos del edificio como el estado de conservación de las vigas.

El juzgado indica expresamente que existe una diferencia entre el concepto de ruina y el de ruina inminente, puesto que es sobre ésta última sobre las que se proyectan las pretensiones de la parte demandante. No en vano, precisa que «puede que el edificio se encuentre en situación de ruina, aunque al parecer se ha dictado resolución expresa del Ayuntamiento indicando que no existe ruina económica».

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