SOCIEDAD
Ayuntamiento y Junta contrastan los datos de los pisos turísticos
El registro de Turismo de la Junta contabiliza 32 viviendas en toda la provincia / Solo tres tienen la licencia ambiental concedida por el Ayuntamiento

Imagen de turistas en el centro histórico de Burgos.
La regularización de los pisos turísticos avanza con lentitud en la capital del Arlanzón. Las cifras son muy dispares si se comparan las referencias de alojamientos disponibles en los portales web que se dedican a esta actividad con las del Registro de Turismo de la Junta de Castilla y León y con las que dispone el Ayuntamiento. Mientras en solo una de las páginas más conocidas aparecen 185 posibilidades de alquiler turístico, la mayoría en la capital aunque también aparecen de la provincia, la administración regional contabiliza 32 en el registro que comenzó a funcionar en febrero. Por su parte, el Ayuntamiento contempla tres viviendas en las que los propietarios disponen de licencia ambiental para desarrollar la actividad y siete más que la están tramitando.
Este desfase deberá ser corregido y, de hecho, desde el área de Licencias del Ayuntamiento se ha requerido a 24 propietarios que soliciten licencia ambiental para completar la declaración responsable que, en su día, presentaron ante la Junta de Castilla y León comunicando el inicio de la actividad. De no hacerlo, se les retirará del registro y podrían ser sancionados por la administración regional, que es la competente, con multas que oscilan entre 9.001 y 90.000 euros, ya que el incumplimiento está tipificado como muy grave en la Ley de Turismo de la Comunidad Autónoma.
El pasado 17 de febrero se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León el decreto que regula los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico en la Comunidad Autónoma. Fue a partir de ese momento cuando los pisos turísticos comienzan a incluirse en el Registro de Turismo.
El trámite que solicita la administración regional a los propietarios consiste en la presentación de una declaración responsable en la que comunican con anterioridad al inicio de su actividad la puesta en marcha del establecimiento. Con este requisito cumplido, se inscribe de oficio la vivienda en el Registro de Turismo de Castilla y León. Aparecer en ese listado no tiene coste específico
A través de este documento, en los términos establecidos en el artículo 21 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, el dueño indica a la administración que cumple con los requisitos previstos en el decreto y en la Ley de Turismo, y comunica que dispone de los documentos que así lo acreditan y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el tiempo inherente al ejercicio de la actividad.
La cuestión es que entre esos documentos debe estar la licencia ambiental que se debe tramitar en el Ayuntamiento de la ciudad y, al parecer, en al menos 24 casos se ha comprobado que carecían de este documento, que implica el pago de una cantidad, que va en función entre otras cosas de la dimensión de la vivienda.
Además, desde la sección de Licencias del Ayuntamiento se ha elaborado un informe jurídico que contempla los requisitos para prestar el servicio de hospedaje de forma temporal a cambio de una contraprestación económica.
A la vista de los primeros intercambios de información entre la administración local y la regional, se está comprobando que muchos de los dueños de pisos que han acudido con la declaración responsable no habían tramitado previamente la licencia ambiental. Así, el primer paso es cumplimentar los requisitos que solicita el Ayuntamiento y después presentar esa declaración ya que esta comunicación permite iniciar una actividad económica, en la que el responsable de la actividad está informando «de manera responsable» que cumple con todas las normativas pertinentes.
El informe jurídico municipal, redactado después de la aprobación del Decreto 3/2017 de 16 de febrero, por el que se regulan los establecimientos en la modalidad de vivienda de uso turístico en Castilla y León, recoge que, además de tramitar y abonar la licencia ambiental, conlleva la regularización de oficio de la tasa de basuras a la de vivienda con actividad.
El texto se completa con que las viviendas deben contemplar cuestiones incluidas en el Código Técnico de Edificación, haciendo especial hincapié en la seguridad ante un incendio, en cuestiones de accesibilidad al piso, así como en la protección frente al ruido.
Por su parte, la administración regional en el decreto antes mencionado recoge los requisitos que deben tener estos pisos que comienzan por una placa identificativa según el modelo que marca la Junta de Castilla y León.
Especifica también que deben tener licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o autorización municipal correspondiente. Como mínimo deben tener las siguientes dependencias: dormitorio, salón-comedor, cocina, cuarto de baño o aseo, salvo en aquellas que sean tipo estudio y, por tanto, el dormitorio, el salón y la cocina ocupan un espacio común.
La Junta y el Ayuntamiento han iniciado la comunicación para ir contrastando los datos y conocer si las declaraciones responsables presentadas en la segunda, cuentan con toda la documentación que requiere la institución local. Sin embargo, el grueso de los pisos turísticos (a la vista de que el registro de Turismo incorpora a 32) están en el ‘limbo’ administrativo y comercializándose a través de distintos portales de internet. Estas propiedades no están exentas del cumplimiento de toda esta normativa. Por ahora, los expedientes sancionadores que se han iniciado por parte de la Junta tienen que ver con denuncias provenientes en su mayoría de particulares, pero también del colectivo hostelero.