Un juez ordena suspender las actividades del Golf de Saldaña
Decreta que carece de las licencias necesarias y que el Ayuntamiento debe sancionar

Varios jugadores realizan un recorrido por el Golf de Saldaña con las parcelas al fondo, urbanizadas y sin edificar de la urbanización en que se enclava.-RAÚL OCHOA
Sea por decisión propia o por el mandato del Ayuntamiento forzado por una resolución judicial, pero la empresa que gestiona el Golf de Saldaña deberá «suspender cautelarmente sus actividades en tanto no se obtengan las oportunas autorizaciones y licencias» de las que ahora carece. El titular del juzgado de lo contencioso administrativo resuelve así la demanda interpuesta por la empresa Copsa en nombre de la UTE Saldaña -que construyó el campo de golf y la urbanización del sector en el que se enclava- dándole la razón en su queja de que el campo de golf venía funcionando desde hace años sin poseer las licencias de construcción, ambiental, de actividad y la de primera ocupación. Por tanto, el juzgador resuelve su clausura cautelar.
El juez, no obstante, rechaza culpar al Ayuntamiento de Saldaña de haber incumplido con sus obligaciones de control de la legalidad urbanística, si bien en la sentencia emitida -a la que ha tenido acceso este periódico- le ordena que «inicie los procesos de restauración de la legalidad y sancionador correspondientes». El magistrado manda expresamente al Ayuntamiento de Saldaña que en caso de que la empresa que gestiona el campo de golf no abandone la actividad que desarrolla actualmente «la suspenda cautelarmente» hasta que obtenga las licencias oportunas.
La empresa alegó durante el proceso judicial que la licencia ambiental se obtuvo «por silencio administrativo» y que los proyectos de actuación y ejecución ya han sido aprobados. Además reconoce que «está realizando actividades relacionadas con la existencia de una tienda, vestuario, cafetería y campo de golf sin haber obtenido la licencia de primera ocupación». El juez, por su parte, entendió que existen fundamentos legales para decretar la suspensión cautelar y así lo ordena en una sentencia ante la que cabe recurso.
Rosario de fallos
No es este el primer fallo a favor de Copsa y la UTE Saldaña en relación con el campo de golf, ya que esta sentencia viene a incrementar el rosario de resoluciones legales contrarias a la empresa que gestiona la instalación deportiva. Recientemente el juzgado de lo Mercantil falló que el campo de golf y sus usuarios no están autorizados a hacer uso de los viales de acceso a las instalaciones a través de las calles de la urbanización en la que se asienta hasta que se acaben las obras y sea recepcionada por el Ayuntamiento.
Cabe recordar que la urbanización quedó detenida por falta de pago y únicamente quedó terminado y el uso el campo de golf. Falta pagar el coste de urbanización, al que el ayuntamiento no hace hace frente asegurando que carece de fondos, abocando a quiebras entre las empresas constructoras, cuyos activos acabaron en manos de los bancos acreedores de la operación, los que en su día aportaron la financiación, que no ha podido ser devuelta ya que en esta urbanización no se ha construido ni vendido ni un solo chalet.
Lo único que funciona es el golf y, además, para acceder al campo hay que pasar por una calle propiedad de la UTE que hizo las obras ya que la junta de compensación no pagado los trabajos de urbanización y no ha podido recepcionar las obras.
Por otro lado, el juez de lo Mercantil impuso multas de 50 euros a Golf Saldaña «por cada día de incumplimiento», según reza la sentencia, prohibiéndole que use la urbanización. El campo de golf sigue funcionando sin haber atendido esta resolución por lo que se ha pedido la ampliación de las multas coercitivas a Golf Lerma, que es la empresa la gestora del campo de Saldaña.