TURISMO / ALOJAMIENTOS PARTICULARES
La Junta abre 17 actuaciones por intrusismo con solo dos sanciones
Los propietarios deben cursar una declaración responsable para formar parte del Registro Turístico

Dos personas miran el plano de la ciudad junto a las oficinas de turismo de la Junta en Burgos.-ISRAEL L. MURILLO
La realidad que reflejan los portales web de alquileres turísticos está muy lejos de los datos que maneja la administración regional en cuanto a los pisos incorporados, desde febrero de 2017, al Registro y Censo Turístico de Castilla y León. El cumplimiento de esta normativa, recogida en el Decreto 3/2017, es obligatorio para quienes quieran desempeñar esta actividad económica.En la actualidad se han presentado 72 declaraciones responsables de inicio de actividad de las cuales seis se han dado de baja y, por tanto, son 66 las que están incorporadas al censo. Se trata de 40 pisos turísticos ubicados en la capital burgalesa y otros 16 en distintas poblaciones de la provincia como Aranda de Duero y Lerma. Todos ellos suman un total de 428 plazas para inquilinos.El pasado verano apenas eran una treintena las viviendas incorporadas al Registro Turístico en toda la provincia con 25 en la capital y 6 en la provincia por lo que la evolución es al alza (más del doble), sin embargo lejos de las referencias que aparecen en las páginas web de alquileres más conocidas.Para cumplir con la legalidad vigente como propietario de una vivienda turística, el propietario debe presentar una declaración responsable ante la Junta de Castilla y León en la que comunica con anterioridad al inicio de su actividad la puesta en marcha del establecimiento. A través de la declaración responsable, en los términos establecidos en el artículo 21 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, el dueño indica a la administración que cumple con los requisitos previstos en el decreto y en la Ley de Turismo, y comunica que dispone de los documentos que así lo acreditan y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el tiempo inherente al ejercicio de la actividad.Entre esos requisitos de los que se debe disponer está incluida la licencia ambiental que se tramita ante el Ayuntamiento. Fuentes municipales revelan que, a día de hoy, hay 46 licencias concedidas o tramitadas para dar un uso turístico a una vivienda. En concreto son 16 las que están en tramitación en estos momentos y que para su concesión deben pasar por un periodo de información pública, de 10 días, por si existe algún tipo de alegación.MULTA ECONÓMICA
El departamento de Turismo de la Junta de Castilla y León ha realizado 17 actuaciones por posible intrusismo profesional en otros tantos apartamentos turísticos de la provincia. En conjunto se instruyeron tres expedientes sancionadores y dos de ellos conllevaron la imposición de una sanción económica, una de 900 euros y la otra de 100 euros.El decreto por el que se regulan las viviendas de uso turístico recoge los requisitos que deben tener estos pisos que comienzan por el hecho de que deben tener una placa identificativa según el modelo que marca la Junta. Por otro lado, especifica que deben tener licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o autorización municipal correspondiente. Como mínimo deben tener las siguientes dependencias: dormitorio, salón-comedor, cocina, cuarto de baño o aseo, salvo en aquellas que sean tipo estudio y, por tanto, el dormitorio, el salón y la cocina ocupan un espacio común. La normativa recoge también los requisitos mínimos de cada estancia.