El Correo de Burgos

TRIBUNALES

Libertad provisional para Pompeyo, el jubilado mirandés que envió una carta bomba a Pedro Sánchez

La Audiencia Nacional no aprecia «indicios que apunten a una posible reiteración delictiva» ni riesgo «destrucción de fuentes de prueba» / También pesa en la decisión su avanzada edad y su «arraigo» en la ciudad burgalesa

Pompeyo G.P., el jubilado mirandés acusado de enviar cartas bomba, en libertad provisional. ICAL

Pompeyo G.P., el jubilado mirandés acusado de enviar cartas bomba, en libertad provisional. ICAL

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Pompeyo G. P., el jubilado de Miranda de Ebro detenido a finales de enero por el presunto envío de seis cartas bomba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a la ministra de Defensa, Margarita Robles, a las embajadas de Ucrania y Estados Unidos en Madrid, a la base área de Torrejón de Ardoz y a las empresa zaragozana Instalaza podrá salir de la cárcel.En prisión provisional desde el 27 de enero, dos días después de su arresto en plena calle mientras la Policía Nacional registraba su domicilio y con seis delitos de terrorismo sobre sus hombros, Pompeyo ha obtenido la libertad provisional sin fianza. Según el juez instructor de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, concurren una serie de circunstancias para tomar tal decisión. La principal, según expone, es que «no existen indicios que apunten a una posible reiteración delictiva». Aparte de hacer hincapié en este aspecto, el magistrado tampoco aprecia un «riesgo actual de destrucción de fuentes de prueba», pues una vez practicadas las diligencias de instrucción más relevantes para obtener «indicios de criminalidad sustanciales» se da por hecho de que no podría mover ficha en este sentido. Otro factor que Calama tiene en cuenta es la inexistencia de antecedentes penales previos por parte de este exfuncionario del Ayuntamiento de Vitoria, quien por otra parte ha podido acreditar su «arraigo» en Miranda, donde tiene su domicilio. También pesa el hecho, tal y como subraya el juez, la avanzada edad del acusado (74 años). A expensas de que puedan adoptarse otra serie de medidas cautelares «de menor relevancia», Pompeyo G.P. deberá comparecer cada semana en el juzgado más próximo a su domicilio habitual y facilitar su localización en cualquier momento. Obviamente, le está terminantemente prohibido abandonar el territorio nacional. 

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