El Correo de Burgos

Sacyl deberá indemnizar con 150.000 euros a la familia de Sonia Sainz-Maza por su diagnóstico tardío de cáncer de colon

La mujer de 48 años fallecía tras diez meses sin recibir un diagnostico y numerosas visitas a su centro de salud y a los hospitales de Burgos y Bilbao. El informe señala el "error" de no haber investigado el origen de la anemia ferropénica que padecía y que hubiera "evidenciado que el cáncer ya se había instaurado"

Sonia Sainz-Maza fallecía el 13 de agosto por un cáncer de colon.

Sonia Sainz-Maza fallecía el 13 de agosto por un cáncer de colon.ECB

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha condenado al Sacyl a pagar una indemnización a su familia de 150.000 euros de una mujer fallecida en Espinosa de los Monteros, tras el diagnostico erróneo de un cáncer de colon. El TSJ reprocha al médico que atendió a la paciente que no usara los medios de diagnóstico que hubieran hallado fácilmente el origen del dolor.

De este manera el fallo estima de forma parcial la denuncia y señala que se produjeron "errores o retrasos de diagnóstico y posibles errores o retrasos en el tratamiento" cuando la mujer fue diagnosticada de lumbociatalgia cuando la realidad es que estaba padeciendo un cáncer de colon. 

De hecho la familia de Sonia alegaba en su denuncia que "aunque la paciente sufría anemia ferropénica en octubre de 2019, no se le pautaron las pruebas necesarias que hubiesen permitido diagnosticar el cáncer de colon que tenía", estimando como "defectuosa" la asistencia sanitaria recibida y argumentando que el "retraso de diagnóstico no fue consecuencia de un hecho único y puntual, sino el resultado de un cúmulo de negligencias continuadas en el tiempo".

Su médico de cabecera del centro de salud de Espinosa de los Monteros le recetó un suplemento de hierro, pero Sonia volvió a acudir a consulta con dolor en la zona del vientre. El facultativo le prescribió un nuevo medicamento. Ya en febrero de 2020, días antes de que arrancara la pandemia, Sonia volvía a consulta, donde se la diagnosticó lumbociatalgia. El facultativo tampoco pidió ningún tipo de prueba en esa tercera consulta a la paciente, a quien sí recetó nuevos medicamentos para el dolor. 

Con la pandemia y las consultas presenciales eliminadas,  Sonia continuó con intensos dolores y cuatro meses después fue remitida por su doctor de cabecera al Servicio de Traumatología del HUBU, que la derivó a Rehabilitación "permitiendo así es que el tumor evolucionarse rápidamente, sin que ninguno de los facultativos adoptasen las medidas procedentes", tal y como señalaba la familia en su denuncia.

Impotente ante unos dolores continuos y gracias a su insistencia, Sonia acabó en el servicio de Urgencias donde le diagnosticaron una tendinitis. Ya en verano y tras nuevas consultas tanto en su centro de salud como en el Hospital de Cruces se le realiza un nuevo análisis de sangre que pone de manifiesto una importante anemia ferropénica.  En aquel momento Sonia había perdido siete kilos y a "la vista de los preocupantes datos que reveló el resultado de la analítica practicada el 9 de julio se indicó a la paciente acudir presencialmente al Hospital de Cruces porque precisaba una transfusión de sangre".

Sonia entraba en el hospital el día 13 de julio de 2020, donde se quedaría ingresada. Ya en el Servicio de Medicina Interna se realizaron diversos estudios que determinaron que la paciente padecía un adenocarcinoma de probable origen digestivo con metástasis pulmonares, hepáticas, ganglionares y ósea, pasando a cargo del Servicio de Oncología para iniciar tratamiento con quimioterapia y tratamiento de RT antiálgico. Sonia fallecería un mes después, el 13 de agosto, tras un empeoramiento y por fallo multiorgánico. 

Tras la denuncia presentada por la familia contra Sacyl, la Sala de los Contencioso- Administrativo del TSJ de Burgos le da la razón. El informe de la inspectora médica encargada señala que "el defectuoso o erróneo diagnóstico inicial, con pérdida de oportunidad terapéutica de la paciente, en tanto en cuanto presentaba en el mes de octubre de 2019 una anemia ferropénica que debió llevar a examinar con profundidad el estudio de la causa mediante la prescripción de las oportunas pruebas diagnósticas, y por otro, el defectuoso y tardío diagnóstico como consecuencia de la evolución del proceso y la asistencia prestada durante la pandemia fueron determinantes del resultado lesivo padecido".

En este sentido, el fallo recoge que Sonia, "una mujer de 48 años, sin síntomas y en fase postmenopáusica", aunque "no tenía factores de riesgo de padecer un cáncer colorrectal (...), en la medida que presentaba una anemia ferropénica, y habida cuenta que en las mujeres se comete con frecuencia el error de atribuir la presencia de anemia ferropénica a los sangrados menstruales, limitándose a prescribir suplementos de hierro, sin realizar evaluaciones necesarias para buscar o descartar posibles causas subyacentes" debió ser sometida a "una simple prueba de detección de test de sangre oculta en heces (SOH), o bien en el caso de no realizar dicho test, al menos haber efectuado un control posterior a las 6- 10 semanas o incluso algo más tarde".

Así las cosas, la prueba practicada en autos evidencia "el impacto que tales actuaciones han tenido en la supervivencia de la paciente y en su calidad de vida". El fallo recoge que Sonia "falleció tras 10 meses sin diagnosticarse el cáncer que padecía ya en octubre de 2019", pues todos los peritos intervinientes, incluidos los informes de la inspectora médica, coinciden en considerar que "la anemia ferropénica que resultó tras la analítica practicada en tal fecha, evidencia que el cáncer ya se había instaurado".

A tenor de esta información y tras los cálculos realizados para determinar la probabilidad de supervivencia,  el fallo señala que "considerando que en octubre de 2019 el cáncer se encontraba en etapa de 'localizado', con una tasa relativa de supervivencia a 5 años del 90% y habida cuenta que en la fase 'distante', que presentaba en julio de 2020 la tasa de supervivencia era del 15%", la Sala de lo Contencioso- Administrativo fija la indemnización en 150.000 euros, un 25% por debajo de lo solicitado por la familia.

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