El TSJCyL confirma la condena de un año y 7 meses de prisión a un varón por un delito de detención ilegal en grado de tentativa
El acusado trató de privar de su libertad a una mujer a la que conocía y tras una discusión la golpeó y colocó en el cuello una cadena

Imagen del Palacio de Justicia, sede de la Audiencia de Burgos. ECB
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) confirma la condena de un año y siete meses de prisión para un varón por un delito de detención ilegal en grado de tentativa (inacabado) y una pena de tres meses de multa con una cuota diaria de 10 euros por un delito leve de lesiones a una mujer.
Según recoge la sentencia, los hechos se remontan a noviembre de 2023, cuando el acusado, mayor de edad y con antecedentes penales, se encontró con la víctima cuando salía del hospital y se ofreció a llevarla en su coche a un centro donde recibía tratamiento de metadona. Durante el trayecto le dijo que tenía que pasar por su casa, y cuando llegaron a dicho domicilio mantuvieron una discusión. Fue entonces cuando el acusado la golpeó en el rostro varias veces y le colocó en el cuello una cadena que medía 1,50 metros y un candado. Finalmente, el acusado no pudo privar definitivamente de libertad a la víctima porque esta pudo zafarse y escapó de la casa.
En su recurso de apelación, la defensa del acusado invoca que en la sentencia se ha infringido el derecho a la presunción de inocencia, y consideran que la declaración de la víctima “no puede tener credibilidad, por no superar el triple filtro que tradicionalmente es exigido con ausencia de incredibilidad subjetiva, credibilidad objetiva y persistencia en la incriminación, y que las pruebas de descargo prueban que miente”. Señalaban así que la víctima “pudo tener motivos espurios para denunciar al acusado y que expone una versión de los hechos completamente inverosímil”.
Tras examinar las razones expuestas en el recurso de apelación, la sentencia llega a la conclusión “de que no existe error en la valoración de la prueba”, tanto en lo que se refiere a la tentativa de detención ilegal, como por lo que se refiere al delito leve de lesiones. Hacen alusión así a la prueba testificar proporcionada por la víctima como prueba directa; y como prueba indirecta la del resto de los testigos y agentes de la autoridad, así como las pruebas documentales y periciales del médico forense.
“A pesar de las aparentes contradicciones que existen en la declaración de la víctima, a las que sin duda contribuye las particulares características de la su persona, drogodependiente de larga evolución, lo cierto es que en todo momento mantiene el relato esencial de los hechos, en el sentido de que le fue colocada una cadena en el cuello y fue agredida por el acusado”, señala el escrito. Por todo ello, el Tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por el acusado, y confirma íntegramente la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Burgos.