AEAT y Renta: qué tienes que mirar en Burgos antes de confirmar el borrador de la declaración
La campaña comienza el 8 de abril y se prolongará hasta el 30 de junio, con especial atención a los casos de dos pagadores y al apartado autonómico. Revisar con calma el borrador antes de presentarlo resulta especialmente útil en Burgos por el peso de los municipios pequeños.

Los contribuyentes de Burgos afrontan una campaña en la que las deducciones de Castilla y León pueden alterar de forma apreciable el resultado final.
La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2025 comienza este miércoles 8 de abril y se prolongará hasta el 30 de junio. La presentación telemática estará disponible desde el día 8, el servicio por teléfono arrancará el 6 de mayo y la asistencia en oficinas comenzará el 1 de junio, mientras que las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación bancaria deberán cerrarse antes del 25 de junio.
En Burgos, igual que en el resto de la comunidad, una de las primeras comprobaciones de cada contribuyente pasa por saber si tiene obligación de declarar, porque ese punto sigue marcando el arranque real de la campaña para miles de personas. En ese sentido, hay que recordar que el umbral general de los ingresos que obligan a presentar la declaración continúa en 22.000 euros anuales cuando los rendimientos del trabajo proceden de un solo pagador, mientras que baja a 15.876 euros cuando hubo dos o más y siempre que lo percibido del segundo y restantes supere en conjunto los 1.500 euros, una situación frecuente en quienes cambiaron de empleo, cobraron atrasos o alternaron salario y prestación.
Novedades en rendimientos del trabajo y vivienda
La casuística del desempleo volverá a ocupar parte de esa revisión inicial, aunque con un matiz importante respecto a lo que se llegó a anunciar en su día. Los perceptores de prestaciones del SEPE ya no tienen una obligación específica de presentar la declaración solo por cobrar el paro, después de la rectificación aprobada a finales de 2025, pero esa prestación sigue computando como un pagador más a efectos del IRPF y puede hacer que el contribuyente entre en los supuestos generales de obligación de declarar.
Entre las novedades estatales de esta campaña figura una nueva deducción por obtención de rendimientos del trabajo que afecta a rentas bajas y medias, uno de los cambios con mayor interés práctico para quienes revisen el borrador desde esta misma semana. La Agencia Tributaria la sitúa en los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 18.276 euros, siempre que las restantes rentas no exentas no superen 6.500 euros, y fija una cuantía máxima de 340 euros que se reduce de forma progresiva a partir de 16.576 euros.

La nueva deducción estatal por rendimientos del trabajo añade otro punto de interés para quienes consulten el borrador desde el primer día.
La vivienda ocupa también un lugar relevante en esta campaña, en especial para arrendadores que tengan que declarar rendimientos del alquiler de vivienda habitual. Para los contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023, la reducción general del rendimiento neto positivo es del 50%, aunque puede elevarse al 90% si la vivienda está en una zona de mercado residencial tensionado y el nuevo contrato incorpora una rebaja de más del 5% sobre la renta anterior; al 70% en determinados supuestos, entre ellos el primer alquiler en esa zona a jóvenes de entre 18 y 35 años; y al 60% cuando la vivienda haya sido rehabilitada en los dos años anteriores y no proceda un porcentaje superior.
Deducciones autonómicas en Castilla y León
Para los contribuyentes de Burgos, sin embargo, el tramo de la declaración que más conviene revisar con calma sigue estando en las deducciones autonómicas de Castilla y León, ya que una comprobación rápida del borrador puede dejar sin aplicar beneficios fiscales ligados al alquiler, al cuidado de hijos o a la residencia en el medio rural. La propia Agencia Tributaria reúne en la guía autonómica de esta comunidad un bloque amplio de deducciones que exigen detenerse en los requisitos y en la correcta cumplimentación de las casillas.
Ese repaso resulta especialmente útil en una provincia como Burgos, donde el peso de los municipios pequeños da relevancia añadida a varias ventajas fiscales ligadas al entorno rural. En nacimiento o adopción, Castilla y León permite deducir con carácter general 1.010 euros por el primer hijo, 1.475 por el segundo y 2.351 por el tercero y sucesivos, mientras que en municipios o entidades locales menores del medio rural esas cuantías suben a 1.420, 2.070 y 3.300 euros, respectivamente.
Otro apartado que merece una lectura atenta es el del cuidado de hijos menores, porque ahí confluyen algunos de los supuestos que más fácilmente pueden pasar desapercibidos si el contribuyente se limita a validar los datos sin revisar el detalle. La normativa autonómica permite optar entre deducir el 30% de las cantidades satisfechas a la persona empleada del hogar, con un límite de 322 euros, o el 100% de determinados gastos de preinscripción, matrícula, asistencia y alimentación en escuelas infantiles, centros y guarderías de Castilla y León, con un máximo de 1.320 euros.
La deducción por alquiler de vivienda habitual para jóvenes se mantiene además como otra de las casillas a vigilar en Castilla y León, con especial interés en Burgos por el peso del mercado de alquiler entre menores de 36 años y por la presencia de población joven en municipios de menor tamaño. La cuantía general alcanza el 20% de lo pagado, con un límite de 459 euros, y sube al 25% con un tope de 612 euros cuando la vivienda está situada en un municipio o entidad local menor que no exceda de 10.000 habitantes, o de 3.000 si dista menos de 30 kilómetros de la capital de provincia.
A dos días del inicio de la campaña, el mayor error sigue siendo dar por cerrado el trámite en cuanto aparece el borrador en pantalla. En Burgos, como en el conjunto de Castilla y León, dedicar unos minutos a revisar con detalle los supuestos de varios pagadores y las deducciones autonómicas puede cambiar de forma apreciable el resultado final de la declaración antes de que el plazo expire el 30 de junio.