Burgos mantendrá la prohibición del burkini en las piscinas municipales por razones de seguridad e higiene
El reglamento se aclarará para evitar interpretaciones erróneas sobre las prendas de licra y permitirá excepciones únicamente por prescripción médica
Bañistas en una jornada de sol y calor, en las piscinas municipales del Plantío.
El Ayuntamiento de Burgos mantendrá la prohibición del uso de bañadores con tela extensa, como el burkini, en las piscinas municipales al considerar que se trata de una cuestión «exclusivamente técnica» relacionada con la seguridad, la higiene y la operatividad de las instalaciones. El debate entre los tres grupos políticos con representación en el Pleno (PP, PSOE y Vox), abordado este miércoles en el Consejo de Deportes, se ha saldado con el compromiso de aclarar la redacción del reglamento municipal para evitar interpretaciones erróneas sobre las prendas permitidas, pero sin modificar el fondo de la normativa.
La concejala de Deportes, Carolina Álvarez, quiso alejar el debate de cualquier consideración religiosa o cultural. «No quisiera referirme al término burkini porque esto no es una cuestión ni cultural ni religiosa», afirmó al inicio de su comparecencia. «Los principios en los que se han basado tanto el debate como sus argumentos y las conclusiones son exclusivamente técnicos, higiénicos, sanitarios, de seguridad y operativos», defendió.
La edil explicó que las limitaciones existentes en las piscinas municipales responden al mismo criterio que prohíbe el uso de ropa interior bajo el bañador, los neoprenos, las gafas de cristal o cualquier otra prenda que pueda suponer un riesgo para el conjunto de los usuarios. Entre los argumentos esgrimidos, apuntó a la posibilidad de atrapamientos en los sistemas de filtrado o el riesgo de tropezarse en las escaleras de acceso al vaso, así como a las dificultades para garantizar las condiciones higiénicas de determinadas prendas.
«La norma establecida pretende garantizar tanto la seguridad como la higiene de todos los usuarios», insistió Álvarez, que recordó que el Ayuntamiento es el responsable último de cualquier incidencia que pueda producirse en sus instalaciones deportivas.
La responsable municipal puso como ejemplo el caso de los neoprenos, que pueden haber sido utilizados previamente en ríos o pantanos, o el de la ropa interior bajo el bañador, cuya trazabilidad en materia de limpieza y los productos empleados en su lavado resulta imposible de comprobar. Del mismo modo, argumentó que una mayor presencia de tejidos en el agua obliga a modificar la cantidad de productos químicos necesarios para mantener el equilibrio del pH y las condiciones sanitarias de las piscinas.
Uno de los aspectos en los que incidió la concejala fue la imposibilidad material de verificar las características de cada prenda en instalaciones que registran una elevada afluencia de usuarios. Solo el pasado año se contabilizaron alrededor de un millón de entradas en las piscinas municipales y durante los fines de semana de verano se alcanzan las 8.200 personas diarias.
«Se hace imposible poder controlar etiqueta a etiqueta para verificar la composición del bañador», aseguró Álvarez, que defendió la necesidad de disponer de «una normativa fácil de entender y aplicar que vele por el interés general».
La posición del equipo de Gobierno cuenta con el respaldo de Vox en el seno del Consejo de Deportes. El PSOE, por su parte, se mostró favorable a permitir el uso del burkini al entender que responde a motivos religiosos, siempre según las palabras transmitidas por Álvarez. El PP rechazó esta postura al considerar que la regulación de las piscinas municipales debe atender únicamente a criterios objetivos y comunes para todos los usuarios.
«Como Estado laico que somos y como hay que regular y gestionar para todo el mundo, nos basamos exclusivamente en los principios de seguridad e higiene», señaló la concejala.
La única modificación que sí acometerá el Ayuntamiento afecta a la redacción del artículo 32 del reglamento. El texto vigente señala que «se permiten bañadores, camisetas y prendas de neopreno o licra contando con la autorización expresa de Deportes», una formulación que ha generado dudas al interpretarse que las prendas de licra también requieren autorización previa, pese a que constituyen el material empleado en la mayoría de los bañadores.
El Consejo de Deportes ha acordado aclarar este punto mediante una modificación puntual del redactado o incluso a través de una instrucción interpretativa para evitar confusiones tanto entre el personal de las instalaciones deportivas como entre los agentes de la Policía Local encargados de velar por su cumplimiento.
La normativa sí contempla excepciones por razones médicas. Así, podrán autorizarse camisetas o pantalones cortos para proteger heridas, quemaduras, tatuajes recientes o patologías relacionadas con la exposición al sol, siempre que exista una prescripción facultativa que lo justifique.
Más vigilancia sobre el uso de ropa interior bajo el bañador
Además, la concejala anunció que se intensificará la vigilancia para evitar otra práctica prohibida pero habitual entre algunos usuarios: el uso de ropa interior bajo el bañador. «Se ha comprobado que muchísima población no lo cumple», reconoció Álvarez, quien apeló al desconocimiento de muchos bañistas sobre los motivos sanitarios que justifican esta limitación.