Sacyl deberá doblar la indemnización por la muerte de un paciente en Aranda
El TSJCyL condena a Sanidad a elevar hasta cerca de 89.000 euros la compensación inicial de 50.000 euros a la familia por mala praxis en la atención en el Santos Reyes

Imagen del hospital Santos Reyes de Aranda.
Sacyl deberá aumentar la indemnización inicial de 49.971,58 euros a los familiares de un paciente que fue atendido en el hospital Santos Reyes de Aranda de Duero tras sufrir una caída en la calle y que falleció posteriormente tras ser dado de alta del centro hospitalario tras un error en la interpretación inicial de una prueba que se le realizó en centro.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Superior de Justicia (TSJCyL) estima parcialmente el recurso presentado por los familiares, que solicitaban una indemnización de 152.697,94 euros, y eleva la indemnización a 88.795,57 euros.
Los hechos se remontan al 7 de enero de 2020, cuando el paciente sufrió una caída en la calle que le provocó un traumatismo craneoencefálico, con pérdida de consciencia, por lo que fue traslado a Urgencias del hospital Santos Reyes de Aranda de Duero. Se trataba de un paciente de 87 años, con varias patologías previas y tenía tratamiento con un medicamento anticoagulante.
Ese mismo día, tras realizarle al paciente diversas pruebas, entre ellas un TAC, fue dado de alta. Un día después regresaba a Urgencias con síntomas de pérdida parcial de la consciencia. Se le volvió a someter a un TAC que «evidenció un hematoma epidural y subdural derecho de gran volumen».
Ese día se le sometió a una intervención quirúrgica de urgencia. El 9 de enero se le realizó otro TAC y el 13 de enero se le derivó al a la planta de Neurología del Hospital Universitario de Burgos y fue sometido a tratamiento quirúrgico. Ya de madrugada mostraba graves problemas respiratorios y al día siguiente fallecía.
El 14 de mayo de 2025, Sacyl admite parcialmente la reclamación por responsabilidad patrimonial planteada por los familiares y acuerda una indemnización de 49.971,58 euros por los daños derivados de la asistencia sanitaria. Se admite que en el primer TAC que se realizó al paciente se ve un hematoma en la cabeza pero «no fue detallado en el informe emitido como definitivo por el radiólogo de guardia», según recoge en la sentencia.
Esto puede hacer pensar en una «pérdida de oportunidad» en la atención que se prestó al paciente el primer día que ingresó en urgencias, ya que se hubiera podido determinar su ingreso en el centro hospitalario en vez de darle el alta ese mismo día. No obstante, tal y como señaló la Inspección Médica, el paciente tenía 87 años y múltiples antecedentes clínicos que pudieron condicionar la evolución y desenlace fatal. A ello, se suma la patología que sufrió, que tiene una elevada mortalidad, cercana al 90%.
Por su parte, la familia considera que el paciente fue dado de alta sin ingreso hospitalario, «sin observación neurológica, sin reversión inmediata de la anticoagulación y sin valoración por los servicios especializados competentes».
Los demandantes sostienen que hubo un error en el diagnóstico a su familiar que desencadenó el posterior fallecimiento del paciente días más tarde. Sacyl admitió que hubo un error en la interpretación del primer TAC, pero descarta que haya una relación «causal directa y plena» entre la asistencia sanitaria prestada y el fallecimiento del paciente.
Con las pruebas recabadas durante la revisión del recurso, el tribunal sostiene que hubo una «mala praxis», ya que el TAC realizado al paciente cuando ingresó de urgencia reflejaba el hematoma subdural en la cabeza. Y aunque no se puede determinar que un diagnóstico inicial correcto hubiera evitado el fallecimiento, el tribunal establece que «dicha actuación pudiera haber incrementado las probabilidades de un desenlace más favorable».