El Correo de Burgos

RIBERA

El Ayuntamiento recurre la petición de daños y perjuicios de El Ventorro

Entiende que no cabe indemnización y sólo plantea pagar 100.000 € por la tramitación judicial

Publicado por
LORETO VELÁZQUEZ
Burgos

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Dentro del plazo establecido, y como era de esperar, el Ayuntamiento de Aranda ha presentado ante la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León un recurso contra el incidente de fijación de daños y prejuicios que planteó El Ventorro, y por el que pide una indemnización de 15 millones de euros por los trastornos ocasionados por la estación depuradora.En su argumentación, el Consistorio parte de un concepto que considera fundamental: «La EDAR nunca fue ilegal por las distancias a El Ventorro, sino únicamente por la distancia a Villalba; como dicta la sentencia de septiembre de 2001», recuerdan conscientes de que de no haber existido Villalba, la depuradora no habría tenido ninguna sentencia contraria. «Es más, ahora, la depuradora, en un ámbito comarcal, procesa también las aguas residuales de Villalba de Duero, por lo que desde la solicitud de su Ayuntamiento, desapareció la única causa de ilegalidad que existió», justifican.De los 15 millones que pide El Ventorro, el Ayuntamiento entiende que sólo debe abonar 100.000 euros, no por perjuicios económicos -que alegan no existen-, ni por los daños morales -que no se reconocen a una sociedad-, sino por los años de tramitación judicial. «Las sociedades familiares no existen en nuestra legislación mercantil», señalaban decididos a que un perito economista elabore un informe sobre la realidad de los perjuicios mercantiles que alega El Ventorro.«No disponemos de cuentas, porque no las depositan en el Registro Mercantil desde 2007», afirmaban convencidos de que «estamos hablando de una empresa con personalidad jurídica propia, que aumenta su actividad, y que gana dinero».RuidosRespecto a los ruidos que alega el establecimiento hostelero, el Ayuntamiento recuerda que se ubica al lado de un polígono industrial, en las inmediaciones de la N-122 y muy próxima a una granja de cerdos, a la que atribuye el olor a purines. El impacto visual, añaden, queda descartado porque no influye en nada la depuradora. «Desde el momento en que se construyó la instalación inicial (1979), se inició la actividad (1980) o se creó la sociedad ejecutante (1983), ya se era consciente de la colindancia con un polígono industrial destinado a recoger instalaciones industriales o sistemas generales del mismo que podían ser susceptibles de afectar, por el tipo de actividad molesta, insalubre, nociva o peligrosa, al desarrollo de su actividad hostelera y de restauración», defienden sin olvidar las medidas correctores excepcionales que tal y como exigía el Tribunal Supremo se han llevado a cabo en la estación depuradora.En cualquier caso, con el objetivo de ratificar la situación de olores en el entorno de El Ventorro, piden que un perito ingeniero industrial realice un informe sobre las medidas correctoras que tiene la EDAR sobre los residuos, los olores y los ruidos.En cuanto a la ampliación que el Ventorro asegura no pudo llevar a cabo por la depuradora (y por lo que reclama 13.434.918 euros), el consistorio recuerda que se trata de un terreno catalogado como Suelo No Urbanizable de Especial Protección Agrícola. «Es claro que porque la mercantil El Ventorro, S.L. diga que no ha podido ejecutar una ampliación contraria a las Normas Subsidiarias de Castrillo de la Vega, no puede pedir indemnización alguna», concluyen.

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