RIBERA
Condenan por prevaricación a la ex alcaldesa de Fuentelcésped
La ex regidora de IU no podrá acceder a un empleo o cargo público durante siete años

Imagen de archivo de la ex alcaldesa.-ECB
El Juzgado de lo Penal número 2 de Burgos ha decidido condenar a la ex alcaldesa de Fuentelcésped, María Ángeles Bayo Valderrama, a la pena de siete años de inhabilitación para empleo o cargo público, y al pago de las costas procesales por un delito de prevaricación.En la sentencia, el juez da por probado que la acusada suscribió como alcaldesa, y a sabiendas de su ilegalidad, un convenio con la Asociación de Amigos del Ecomuseo Bodegas de Fuentelcésped. Con éste, y sin contar con los concejales del Ayuntamiento además de prescindir del procedimiento de contratación previsto en la legalidad, pactó unas visitas a las bodegas y concedía el material necesario para su actividad.En total, se comprometía a pagar 18.000 euros al año. En el procedimiento, la condenada reconoció los hechos. Al no haber presentado recurso en el plazo previsto, la sentencia tiene ya carácter firme.Los hechos juzgados se remontan al 5 de diciembre de 2014 cuando la entonces alcaldesa firmó el convenio sin el conocimiento de Secretaria e Intervención, departamentos que conocieron los hechos tras estar todo firmado, en concreto cuando preparaban el orden del día del Pleno que se iba a celebrar ese mes.De hecho, fue en el Pleno del 23 de diciembre de 2014 cuando en la aprobación inicial del Presupuesto municipal del ejercicio 2015 se incluyó el estudio de viabilidad de la gestión del ecomuseo y Secretaría advirtió sobre las irregularidades del convenio aconsejando que se procediera a su anulación, tal y como se acordó. A través de un burofax, la alcaldesa solicitó el 14 de enero de 2015 un informe a Intervención sobre el convenio cuestionado. El resultado fue demoledor.A su entender, el convenio fue aprobado por un órgano incompetente, ya que al ascender a un total de 91.119 euros, y superar el 10% de los recursos ordinarios de un presupuesto que en 2015 fue de 21.916 euros, el órgano competente es el Pleno y no la alcaldesa. Además, los técnicos advirtieron de que se firmó antes de haber sido aprobado el Presupuesto y por tanto, no tenía consignación presupuestaria.Por otro lado, el informe constató otras irregularidades, como no concretar el objeto y el precio del contrato, y señaló cláusulas que considera abusivas como la indemnización que debería pagar el Consistorio en caso de incumplimiento.RotundoY que, sin embargo, en el caso de la asociación se limitaba a una mera notificación; la posibilidad que planteaba de facturar al Consistorio por otras actividades y actuaciones «sin precisar y sin autorización previa del Ayuntamiento», o la imposición del pago del precio anticipado «cuando debería ser por servicios prestados».por todo ello, la conclusión de Intervención fue rotunda: «Considerando lo establecido en el artículo 62 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones publicas y del procedimiento administrativo Comín, estamos ante un acto nulo de pleno derecho», zanjó.Hay que recordar que la denuncia partió de los otros tres concejales del propio grupo de la ex alcaldesa, Alberto Miguel Díaz, Juan José Martín Lozano y Marcos Alcalde de la Cámara, así como del presidente provincial de Nuevas Generaciones del Partido Popular, David Sualdea, que concurrió como número 3 de la candidatura popular en las últimas elecciones municipales.