RIBERA
La plantilla de la Policía Local contará con nueve agentes nuevos en 2019
El Tribunal Superior de Justicia regional desestima el recurso de UGT y da vía libre al concurso municipal de promoción interna

La plantilla de la Policía Local de Aranda asciende a 25 efectivos.-L.V.
La plantilla de la Policía Local de Aranda de Duero se ampliará el año que viene con nueve efectivos. Es la conclusión que se desprende de la última sentencia judicial en la que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) desestima el recurso que el sindicato UGT interpuso para paralizar el concurso de oposición por promoción interna que el Ayuntamiento aprobó para la provisión de las cinco plazas de oficial vacantes en la plantilla municipal de funcionarios.Por segunda vez -primero fue el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Burgos-, la justicia da la razón al Consistorio al entender que en el proceso no se vulneró «ni la Ley ni el Derecho en la aprobación de las bases». «Es una buena noticia porque esta sentencia nos permitirá llevar a cabo la promoción interna. Además, al ascender cinco oficiales, quedarán cinco plazas libres que se unirán a las cuatro que estaban en la Oferta Pública de Empleo que también ha resuelto de forma favorable la vía judicial», celebró el concejal de Personal, Emilio Berzosa.El sindicato recurrió el concurso de promoción interna convencido de que en la modificación de las bases -aprobada por la Junta de Gobierno Local el 6 de mayo de 2016- se producía una «clara discriminación» respecto al personal de mayor antigüedad y edad en cuanto al anexo del baremo de méritos y puntuaciones de las pruebas físicas. «No se guarda la proporcionalidad debida en las marcas, con quiebra de los principios de mérito, capacidad y vulneración del derecho de igualdad, perjudicando ostensiblemente a los aspirantes de más edad y mayor antigüedad», advertía UGT.El argumento no encontró, sin embargo, el respaldo de un juez que recuerda que el concepto que más se valora es precisamente el de antigüedad. «Cualquier promoción interna no puede ir vinculada únicamente a la edad o antigüedad, es preciso valorar otra serie de méritos», señalaba. Asimismo, rartiendo de que «no se trata de una materia que debiera ser objeto de negociación colectiva», el tribunal considera «conforme a derecho» el criterio del baremo de méritos relativo a la antigüedad que «esta sala comparte íntegramente».Los motivos de UGTPara UGT, las bases incurren en varias irregularidades, como no haber sido elaboradas de manera conjunta por la Comisión de Personal y la Junta de Personal o con el propio temario, ya que incluía temas que actualmente «han sido derogados o no existen». «Todos los temas que se indican en el recurso de apelación causan confusión a quienes van dirigidos, a los aspirantes, y causan confusión por una actuación irregular de la propia administración», subrayaban desde el sindicato.En el fallo, el TSJCyL desestima el recurso de apelación interpuesto por UGT al ratificar la legalidad de un proceso que «se hizo conforme a derecho». Por ello, impone el pago de las costas procesales a la parte apelante. «La presente sentencia es susceptible de recurso de casación ante la Sala de los Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo o ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León siempre y cuando el recurso presente interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia. El plazo es de treinta días», concluye el auto.La otra sentenciaLa sentencia llega apenas una semana después de que el mismo Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León resolviese el recurso con el que UGT pretendía paralizar la oferta pública de empleo que el Ayuntamiento quiso aplicar en 2017. En este caso también fallaba a favor del Ayuntamiento al dar vía libre a la iniciativa municipal que incluye 23 plazas de nueva creación -de las cuales cuatro son Policías-, aunque advertía que los 22 empleados interinos que a día de hoy trabajan en el Ayuntamiento tienen tres años para regularizar su situación. Bajo esta perspectiva, los 17 que fueron contratados antes de 2005 deberán superar un examen de consolidación en el que se tendrá en cuenta su experiencia, mientras que los más recientes tendrán que afrontar un concurso de oposición libre sin ventajas de ningún tipo.