El Correo de Burgos

Dos años de prisión y seis de inhabilitación para el exalcalde de San Llorente

Se considera probado que cometió un delito de apropiación de fondos públicos procedentes de un coto de caza

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D.S.M. / Burgos
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El exalcalde pedáneo de San Llorente de la Vega, Francisco Javier Rodríguez, deberá indemnizar a la Junta Vecinal de la localidad después de que el Juzgado de Instrucción número 4 de Burgos le condenase, a finales de enero, a dos años de prisión y seis de inhabilitación por un delito de malversación de fondos públicos. En concreto, deberá pagar los 6.756 euros correspondientes a las aportaciones de un coto privado de caza que no se ingresaron en las arcas locales entre 1999 y 2014.Tal y como se recoge en la sentencia, las cantidades anuales que debía percibir el pueblo por la explotación del coto «fueron abonadas en la cuenta corriente del acusado (...) y retiradas por el mismo haciendo suyo ese dinero». Por otro lado, se considera probado que «hasta el año 2010, la única documentación contable existente en ese Ayuntamiento consistía en un libro de caja, donde se venían anotando todos los movimientos de ingresos y gastos con sus conceptos correspondientes». No en vano, durante el siguiente ejercicio «ya se aprueban en Junta los presupuestos del año y la liquidación del mismo».Los hechos enjuiciados por el Ministerio Fiscal también aluden a una serie de «irregularidades» detectadas durante la organización de las fiestas de la pedanía y con motivo de la recepción de subvenciones. Dentro del primer apartado, la sentencia se hace eco de la ausencia de «acuerdo alguno de la Junta o documento» que justifique, «en el año 2007 y otros anteriores», la partida destinada a la empresa Espectáculos Specan para la organización de los festejos. Sin embargo, sí consta un documento de pago de 8.000 euros por este concepto en 2007.Posteriormente, se realizaron una serie de transferencias bancarias: retiradas de efectivo, ingresos a la cuenta de la Junta Vecinal e incluso un préstamo personal a nombre del exregidor -con el representante de Specan como avalista- porque San Llorente no tenía fondos para costear las fiestas. Sea como fuere, no se da por probado que en ese caso Rodríguez cometiese un delito de apropiación indebida. De igual manera, tampoco se ha podido acreditar malversación tras la retirada de una subvención porque no se presentaron a tiempo los «justificantes de pago de los gastos».

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