LEÓN
El TSJCyL anula las tasas municipales de la sociedad Aguas
La sentencia también anula el canon por cambio de titular, pero mantiene la subida generalizada del 1,5%
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha anulado las tasas que la sociedad Aguas de León viene aplicando desde el 1 de enero del año pasado por la conservación de acometidas de agua potable, por conservación de acometidas de saneamiento y por conservación de los contadores de agua, lo que incrementó en su día el recibo de todos los usuarios. Según informó la Cámara de la Propiedad Urbana de León a través de un comunicado, la sentencia ha dado la razón así a esta entidad, que presentó un recurso contencioso-administrativo contra estas nuevas tasas.Igualmente, en el caso de la tasa única por cambio de titular, que asciende a 50 euros, el TSJCyL ha considerado que no se justifica la fijación de su cuantía, que fue aprobada por el Ayuntamiento de León atendiendo exclusivamente a los informes de Aguas de León, y con cuyo importe la Cámara de la Propiedad ya manifestó en su día su disconformidad por ser “desorbitado, alejado de la realidad del mercado e inadecuado”.La Cámara de la Propiedad también se opuso en ese recurso al incremento del 1,5% de las tasas por suministro de agua potable y alcantarillado que León aprobó en diciembre del 2013 por considerarla “incoherente” en relación con el aumento del resto de tasas municipales que crecieron solo un 0.3%, y que supuso un incremento del 400% sobre la desviación del IPC real de diciembre. Además, Aguas de León aprovechó este IPC de agosto 2013 para subir la tarifa en un momento en que “la tendencia era a la baja” y, de hecho, a partir de ese mes los diferentes IPC publicados fueron en su mayoría negativos.En ese mismo comunicado, la Cámara recordó que queda al arbitrio de Aguas de León decidir “si procede o no la conservación de acometidas concretas o la reparación o sustitución de contadores de suministro de agua”. Este incremento “significativo” del recibo del agua a los ciudadanos se justificó con el “más que dudoso argumento” que las calificaba como “tasas sociales” cuando en realidad benefician “exclusivamente” a la empresa que gestiona el servicio, participada por el Ayuntamiento de León y la mercantil Aquona.