VACACIONES NAVIDEÑAS PARA ABOGACÍA Y PROCURADURÍA
La Ley Orgánica 14/2022 de reforma del Código Penal, de 22 de diciembre y publicada en el BOE del día 23, incluye unas Disposiciones Finales que reforman las leyes procesales en el sentido de declarar inhábiles a efectos judiciales los días del 24 de diciembre al 6 de enero, en las mismas condiciones que el mes de agosto Esto equivale práctica-mente a dar vacaciones a los profesionales de la Abogacía y la Procuraduría durante ese tiempo, ya que no correrán los plazos procesales, ni se producirán notificaciones, ni se celebrarán vistas, salvo casos de urgencia. La medida es recibida lógicamente con alegría por nuestras profesiones, ya que permite conciliar mejor la vida profesional con la personal y familiar, conciliación de la que Abogados y Procuradores nos encontramos muy escasos. Lo malo para mí es que la medida ha venido incorporada a la Ley que reforma el Código Penal respecto a los delitos de sedición y malversación; ley que, como todos sabemos, se ha tramitado a toda prisa, reformando aspectos muy importantes de nuestro Código Penal por la vía de urgencia, sin informes de órganos consultivos y sin apenas posibilidad de debate, para pagar peajes políticos de apoyo a los presupuestos, en una actuación parlamentaria lamentable. Y para más oprobio, esas disposiciones se han incorporado como un parche a una ley que no tiene nada que ver con ellas, y además por la vía de enmienda y por tanto de forma tan inconstitucional como las otras que se han paralizado, referidas al Tribunal Constitucional. Una forma penosa de legislar que a todo jurista nos debe repugnar. Sin embargo, quienes así pensamos tuvimos que contemplar con asombro a la presidenta del Consejo General de la Abogacía pidiendo en el Congreso precisamente esto, que se metiera la inhabilidad con cuña en una ley cualquiera, ya que la norma en la que se debía regular (la futura Ley de Eficiencia Procesal) no iba a salir a tiempo para estas navidades; y vemos también con vergüenza que el Consejo se ufana de esta tropelía jurídica en su nota de prensa sobre la ley publicada. Bienvenida sea la inhabilidad del período navideño. Malhadada sea la forma en que ha venido. Enrique García de Viedma Serrano. Abogado.