El Correo de Burgos

CALIFICACIONES DEL 1-O

La Fiscalía acusará el viernes por rebelión a Trapero y a los líderes del procés

Presentará sin agotar el plazo sus escritos de calificación en la Audiencia Nacional y en el Tribunal Supremo. La Abogacía del Estado también presentará su acusación en pleno puente de los Santos.-

María José Segarra, en una imagen de archivo.-EL PERIÓDICO

María José Segarra, en una imagen de archivo.-EL PERIÓDICO

Publicado por
ÁNGELES VÁZQUEZ
Burgos

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Pocos escritos de calificación se han esperado con tanta expectación como los que presentará la fiscalía el viernes tanto en el Tribunal Supremo como en la Audiencia Nacional contra los líderes del 'procés' y contra el exjefe de los Mossos Josep Lluís Trapero. Y eso que, salvo milagro, la principal incógnita está resuelta: se les acusará por el delito de rebelión, aunque en su día la jueza Carmen Lamela procesara al mayor y la excúpula política del Cuerpo por sedición y organización criminal. La fiscal general del Estado, María José Segarra, aprovechó este miércoles la lectura de la Constitución por su 40 aniversario para confirmar que el ministerio público tiene previsto presentar en pleno puente de Todos los Santos los escritos de calificación pendientes en el proceso soberanista catalán, aunque el plazo dado por el Tribunal Supremo venza el lunes, día en el que lo formalizará la acusación popular que ejerce Vox.La Abogacía del Estado, dependiente del Ministerio de Justicia, también prevé presentarlo el viernes, con lo que logrará una menor repercusión para su acusación, que podría limitarse únicamente a la malversación, delito por el que se admitió su personación en su día en el procedimiento, y que continúa la línea de actuación que ha mantenido en los últimos casos destacados, como Gürtel o Nóos, donde solo acusó por delitos fiscales.El plazo de la Audiencia Nacional para acusar a Trapero y a la excúpula de Interior debería haberse presentado ya, porque la Sala de lo Penal abrió juicio oral mucho antes que el Supremo, pero la fiscalía del tribunal de la calle Génova pidió un aplazamiento para hacerlo coincidir con el que se debe presentar ante el alto tribunal y así justificar mejor la acusación por rebelión en un procedimiento donde la magistrada instructora procesó por sedición y organización criminal. MISMOS HECHOSAunque la fiscalía no recurrió ese auto, al estar de acuerdo con los hechos expuestos sobre lo ocurrido en septiembre y octubre en Catalunya, considera que su acusación es independiente de la calificación que hizo la magistrada y que el ministerio público es único y jerarquizado, por lo que no puede considerarlos constitutivos de un delito de rebelión en el Tribunal Supremo y de sedición en la Audiencia Nacional. El delito por el que se acusará en un principio, además, siempre puede ser modificado al final del juicio oral, cuando la fiscalía eleve o modifique sus conclusiones provisionales, para plantear la sedición, como pena alternativa o incluso definitiva.El Código Penal castiga a los hayan promovido o sostengan la rebelión y sean sus jefes principales a penas de 15 a 25 años de prisión e inhabilitación absoluta por el mismo tiempo; a los que ejerzan un mando subalterno, con de 10 a 15 años de cárcel e inhabilitación absoluta durante esos años, y a los meros participantes, con prisión de 5 a 10 años e inhabilitación especial para empleo o cargo público desde 6.La malversación por la que también se procesó al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y a otros cinco 'exconsellers' se incluye en el delito de rebelión, lo que hará que vean agravada la petición de pena respecto a los otros procesados por este delito, especialmente el primero, al ser el máximo responsable del Govern de Carles Puigdemont a disposición de la justicia española.

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