El Correo de Burgos

TRIBUNALES

El juez anula el proyecto de actuación del sector Golf Saldaña

Una nueva sentencia da la razón a la UTE Saldaña ante el Ayuntamiento y la junta de compensación en el controvertido sector que urbanizó en ese pueblo

El campo de golf es la única parte del sector que está en marcha, aunque la urbanización se ve iniciada al fondo.-RAÚL G. OCHOA

El campo de golf es la única parte del sector que está en marcha, aunque la urbanización se ve iniciada al fondo.-RAÚL G. OCHOA

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B. O.
Burgos

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El proyecto de actuación del sector urbanístico Golf Saldaña, presentado por la junta de compensación del sector y aprobado en marzo de 2016 por el ayuntamiento de la localidad, ha quedado anulado en virtud de una sentencia emitida por el juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Burgos que, además, condena al municipio a cagar con las costas del proceso.

El juez entiende que se han producido dos de las tres infracciones a la normativa urbanística que justifican la anulación del proyecto de actuación, tal como reclamaba la demandante, la UTE Saldaña, que se encargó de la urbanización de este sector en el que se incluye el campo de golf. La UTE ha venido ganando en los tribunales una larga lista de reclamaciones judiciales que van desde el impago de las obras de urbanización al trámite urbanístico que se ha desarrollado en este sector. De hecho la última sentencia constituye la segunda anulación del proyecto de actuación y se suma a las decisiones tomadas por el mismo juzgado que hace un mes ya ordenó la clausura del campo de golf que es lo único finalizado y en funcionamiento en este sector.

Terreno mal agregado

La sentencia emitida por el titular del juzgado de lo contencioso administrativo número 2, a la que ha tenido acceso este periódico, establece como argumentos para anular el proyecto de gestión urbanística el hecho de que en ese plan se recojan todos los terrenos del sector a pesar de que no todos sus propietarios pertenecen a la junta de compensación, por lo que se están incorporando fincas que están «fuera del poder de disposición» de esa junta de compensación y para hacerlo se debería haber promovido su expropiación, cosa que no se hizo y a estas alturas es imposible.

Es por esto que el juez señala que «el proyecto no puede estimarse como correcto pues toma en cuenta terrenos que debieron formar parte del sector y no prevé los gastos o costes que ellos va a suponer. Evidentemente, prosigue el juez, los propietarios no inscritos deberán conocer la situación que se encuentran sus fincas y cómo se han valorado sus derechos para que puedan mostrar su conformidad o no y sólo en esa situación se podría aprobar el plan».

A mayores, el magistrado da la razón a la UTE Saldaña -compuesta por Copsa y Excavaciones Saiz- en su argumento de que el Ayuntamiento de Saldaña no ha aportado, como es preceptivo, la «documentación que justifique la futura constitución de garantías». Aunque, según el relato que el juez hace en su fallo, el consistorio alega que no hay que constituir garantías «dado que la urbanización está realizada», queda patente que están «pendientes de urbanizar obras por valor de 1.464.590 euros», según figura «en el informe de las alegaciones» que emitió el municipio en respuesta a la reclamación que la UTE presentó en la fase de recurso administrativo.

Conforme a estos dos argumentos, el juzgador sentencia que «el proyecto de actuación debe ser anulado». El Ayuntamiento de Saldaña y la junta de compensación del sector Golf Saldaña, como parte demandada, pueden interponer recurso de apelación en el plazo de 15 días.

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