Las caídas en aceras suponen la mitad de los casos de reclamación por daños al Ayuntamiento de Burgos
De las 190 reclamaciones presentadas en 2024, un 11,4% más que en 2023, 146 competieron a la Concejalía de Patrimonio. Un total de 37 sentencias dieron la razón a los particulares y otras 20 se estimaron en vía administrativa

Una rama caída sobre varios vehículos en un día de viento, en la avenida Reyes Católicos de Burgos.
No tener bien conservadas las aceras y las calzadas de la ciudad o bien mantenido el abundante arbolado con el que cuenta Burgos puede causar más de un disgusto a los ciudadanos y por extensión a su administración más cercana: el Ayuntamiento de Burgos.
Son abundantes las caídas por desniveles en la acera y también se ha atribuido como causa de accidentes de tráfico el mal estado de una calzada. Además, las caídas de ramas que han generado daños sobre personas o sobre vehículos, por poner algún ejemplo, están a la orden del día.
Estas son las tres principales causas por las que los burgaleses afectados por alguna de estas situaciones emprenden acciones para buscar la responsabilidad patrimonial de la administración, en muchos casos con éxito desde la vía administrativa, aunque en otros han tenido que acudir al juzgado para lograr una compensación por los daños causados sobre las personas o sobre propiedades particulares.
El Ayuntamiento de Burgos recibió en 2024 un total de 190 reclamaciones patrimoniales en las que los afectados solicitaban una indemnización por los perjuicios producidos.
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La Concejalía de Patrimonio consideró que 146 de ellas competían, en efecto, al ámbito municipal y las resueltas en vía administrativa fueron un total de 54 expedientes. 20 de ellos se estimaron, lo que representa un 37%. 32 se desestimaron y otros dos no se admitieron.
En 44 expedientes de los 190 dados en total de alta, corresponden su resolución al Servicio de Deportes y al Servicio Municipalizado de Movilidad y Transportes.
En el año 2023, los expedientes de responsabilidad patrimonial cuya resolución compete a la sección de Patrimonio ascendieron a un total de 131 expedientes por lo que se ha incrementado un 11,45% los expedientes con respecto al año anterior.
Además, el Ayuntamiento de Burgos salió condenado en 37 sentencias en las que los jueces estimaron el derecho de los denunciantes a recibir una indemnización económica.
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Otras causas de las reclamaciones por daños están relacionadas con perjuicios causados por el mal estado del mobiliario urbano, por alguna intervención de los bomberos, por elementos deslizantes en el asfalto, así como daños en un vehículo por el mal estado del asfalto.
Entre los casos que llegaron a la administración de justicia hay algunos conocidos como el de los daños causados como consecuencia de la caída de una rama de grandes dimensiones en el Paseo del Espolón de Burgos a la altura del Templete de los cuatro Reyes, en cuanto que se produjo durante las fiestas de San Pedro de 2022 y fue una de las razones que llevó posteriormente al Ayuntamiento a sustituir las acacias del paseo por otras especies de árboles. La sentencia del año 2024 da la razón a los reclamantes.
Relacionados con otras fiestas de San Pedro más recientes, las de 2023, hay otra reclamación patrimonial por el impacto del chupinazo que afecto a varias personas que se encontraban en el espacio habilitado para la prensa. En este caso, el expediente se resolvió favorablemente para los reclamantes en la vía administrativa.
Los vinculados con caídas por mal estado de baldosas son definitivamente los más abundantes. Entre ellos, está una caída a la altura de la Calle Vitoria, número 174, por un desnivel provocado por una baldosa rota y hundida que se encontraba en la acera.
Son reseñables los daños producidos por otra caída a altura de Calle Laín Calvo, número 34, por baldosa defectuosa y fraccionada, así como los ocurridos en la calle Condes de Berberana, número 13, como consecuencia de tropezar con la tapa de una arqueta de acometida domiciliaria de agua potable. Más caídas con consecuencias graves para los afectados se han producido en la plaza de España, a la altura de la parada de autobús, debido a una baldosa desencajada de su posición con un sobresalto de 5 centímetros, así como en la calle Calzadas, número 5, al tropezar con una baldosa levantada.
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La caída en un paso de peatones en el paseo de la Isla por el mal estado del cruce con numerosos socavones y totalmente agrietado es otro de los asuntos que resultó con una indemnización para el afectado.
Entre las sentencias favorables a los demandantes también existe una en la que se condena al Ayuntamiento de Burgos, a pesar de que la caída se produce en un suelo de titularidad privada de uso público. Se trata de unos daños producidos en el número 1 de la Avenida Reyes Católicos, en el espacio ubicado bajo los soportales por mal estado de una de las baldosas de la acera.
Por el mal estado de mobiliario urbano, un reclamante consiguió una sentencia favorable por los daños causados en el vehículo de la interesada debido a tropiezo con saliente metálico en el soporte de hormigón que da soporte a los contenedores de basura.
Las caídas de ramas o de árboles sobre personas o vehículos son la segunda causa de reclamación patrimonial. Destacan algunas sentencias obtenidas como la caída de una rama que causó varias lesiones a una persona en el Paseo de la Isla, así como la producida en la calle Alfonso XI, número 35, en este caso, cuando un árbol cayó sobre un vehículo.
¿Cómo reclamo?
En este último caso, el interesado ha de cumplimentar una solicitud en la que se hará constar las lesiones producidas, la presunta relación de causalidad entre estas y el funcionamiento del servicio público, la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, si fuera posible, y el momento en que la lesión efectivamente se produjo, e irá acompañada de cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos y de la proposición de prueba concretando los medios de que pretenda valerse el reclamante.
En el caso de que la Administración y el reclamante no lleguen a un acuerdo compensatorio, se citará al interesado en un plazo no inferior a 10 días ni superior a quince para formular alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes y finalmente se estimará o desestimará la reclamación mediante Decreto de Alcaldía, contra la que cabe recurso. El plazo para reclamar concluye al año desde la producción del hecho y en el caso de que se hubieran producido daños físicos o psíquicos, el plazo para reclamar es de un año desde la curación.
Como plazo de resolución se especifican 6 meses una vez iniciado el procedimiento.