El TSJ da la razón al Ayuntamiento de Aranda y avala el PGOU aprobado en 2023
Solo estima la parte del recurso que afecta a la parcela destinada a usos deportivos de Cantaburros

Imagen del Ayuntamiento de Aranda de Duero
Salvo la calificación de una parcela de Cantaburros, que en el PGOU estaba destinada a usos deportivos, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León avala la legalidad del Plan General de Ordenación Urbana que aprobó el Ayuntamiento de Aranda en junio de 2003. La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, estima un único punto del recurso presentado por el Observatorio municipal, impulsado por el exfuncionario de la Concejalía de Medio Ambiente, Andrés García. En detalle, el Tribunal anula, por “no ser conforme a derecho”, el sistema general de equipamiento deportivo de Cantaburros.
Pretensiones
Sin embargo, desestima el resto de pretensiones formuladas por la parte demandante en sectores que habían despertado mucha polémica, como mantener como suelo urbanizable el sector S-3 Arroyo de la Nava; excluir las edificaciones de la zona clasificada como suelo rústico inundable en las Eras de Santa Catalina; anular la ordenación a dos alturas aprobada en el PGOU en el barrio de Sinovas; anular los nuevos sectores industriales; reclasificar el sector de la azucarera, al considerar el demandante que no puede calificarse como suelo urbano o urbanizable; y otras, como mantener la ordenación anterior de los merenderos y anular la clasificación del centro comercial Alcampo como suelo urbano terciario para reconocer su condición de suelo rústico.
El tribunal no impone expresamente las costas a ninguna de las partes. El demandante tiene 30 días para presentar, si lo estima oportuno, un recurso de casación ante el Tribunal Supremo o ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.