El TSJ confirma la sentencia contra el hombre que vendía droga en una tetería en Aranda
Ha sido condenado a tres años y un día de prisión y una multa de 400 euros

Imagen de la calle Hospicio
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratifica la sentencia dictada por la Audiencia Provincial: el gerente de la tetería de la calle Hospicio deberá cumplir una pena de tres años y un día de prisión por un delito de tráfico de drogas. Además, tendrá que asumir las costas procesales y una multa de 400 euros, con un día de privación de libertad por cada seis euros de la multa que dejase impagados.
Aunque el condenado, de origen marroquí, intentó recurrir la primera sentencia alegando que la droga incautada era para consumo propio, el tribunal se aferra a las pruebas practicadas, empezando por el examen pericial que se realizó sobre el cabello del imputado en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, en el que se comprobó que, en los dos meses anteriores al corte del cabello, el individuo había consumido cannabis y tetrahidrocannabinol, pero no cocaína, que era la droga que se encontró en el registro.
El juez completa su argumentación con la labor policial, en la que los agentes observaron actitudes propias del menudeo. “Aunque las cantidades de droga ocupadas al acusado sean pequeñas, el hecho de que se dedicaba a vender tales sustancias de forma ilegal en el establecimiento no se deduce de la mera aprehensión de las mismas, sino de otras pruebas, como son las declaraciones de los agentes policiales, que observaron no tanto la venta directa de la droga, sino el constante tráfico de personas que entraban en el establecimiento y salían inmediatamente del mismo, lo que constituye, sin duda, un fuerte indicio de tal ilícita actividad”, afirma.
En el registro de la tetería, la Policía encontró, en el almacén del establecimiento, escondida en una caja de botellas de cerveza y entre los botellines, un trozo de bolsa de plástico en la que estaba escrito el número 15. Esta contenía cinco bolsitas blancas con una sustancia en polvo que, debidamente analizada, resultó ser cocaína en la cantidad de 3,27 gramos, con una pureza del 81% y un valor de 196 euros. Asimismo, fue hallada en el registro del local una báscula de precisión gris.
El gerente llevaba, por su parte, en sus ropas un trozo de resina de cannabis, que pesaba 1,69 gramos, con una pureza del 3% y un valor de 9,89 euros. “Compartimos plenamente los razonamientos de la sentencia recurrida al valorar dichos medios probatorios, así como las conclusiones obtenidas en orden a considerar plenamente acreditada la participación del acusado apelante en los hechos referidos”, zanja el TSJ.